Acción 311.- Diversificación hacia actividades no agrícolas.

A través de esta Medida se podrán financiar cualquier tipo de actuación, incluida en las medidas siguientes, siempre que se cumpla lo establecido en el Artículo 53 del reglamento 1698/2005, es decir, la condición fundamental es que el titular de las mismas, sea un miembro de la unidad familiar de la explotación.